jueves, 20 de mayo de 2010

PROPUESTA HABILITACIÓN TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO, ASÍ COMO SOLICITAR CONTENEDORES SUFICIENTES DE RECICLAJE A CONSELLERIA

FANNY SERRANO RODRÍGUEZ, concejal integrante del Grupo Municipal Socialista, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Constitución, nº 14, 3º izq. de Villajoyosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 91.4º del Reglamento de organización y funcionamiento de las entidades locales, formulo para su discusión y, en su caso, aprobación en el próximo pleno ordinario, la siguiente MOCIÓN, previa su inclusión en la comisión informativa de Medio Ambiente.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


A la vista de los datos anuales de reciclaje que recientemente ha publicitado la Concejalía de Medio Ambiente resulta evidente que, aunque estamos en el buen camino, es preciso redoblar esfuerzos para aumentar las ratios por habitante y convertir a La Vila Joiosa en un municipio cada vez más sostenible y concienciado medio ambientalmente.

Desafortunadamente la voluntad de los vecinos se ve en muchas ocasiones frustrada por la imposibilidad de utilizar los contenedores específicos al estar repletos pendientes de su recogida, lo que provoca que una parte importante de los residuos reciclables termine en los contenedores de RSU no reciclándose. Esta circunstancia es consecuencia también de la insuficiencia del número de contenedores en determinados períodos del año, pues si bien se adecua su número a la población de derecho, en momentos como el verano se ven superados por el incremento de residuos generados por la población “flotante” que visita estacionalmente nuestro municipio.

Siendo plenamente consciente de la dificultad que entraña la recogida selectiva, pues si bien existe un planning de recogida de los distintos contenedores ubicados en nuestro municipio por parte de la concesionaria del servicio (Sociedad de Agricultores de la Vega, SAV) éste no siempre resulta suficiente o adecuado para las circunstancias específicas que varían en cada momento dependiendo de la utilización que los ciudadanos hayan podido hacer de los contenedores, entiendo que sería conveniente implicar a la ciudadanía en la mejora del servicio.

En base a la problemática expuesta propongo que la empresa concesionaria y/o el Ayuntamiento habiliten un número de teléfono gratuito, así como una dirección de correo electrónica, a los que los ciudadanos se podrán dirigir para informar de la situación concreta de los contenedores cuando su lleno impida su utilización. Asimismo que se solicite de la entidad Ecovidrio que coloque en sus contenedores igualmente un teléfono o dirección de correo electrónico con la misma finalidad, y lo mismo para la entidad que gestiona la recogida de ropa en La Vila Joiosa.

Por último, que se solicite de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, para que dote al municipio vilero del número de contenedores para la recogida selectiva de cartón, papel y envases ligeros adecuado a su realidad poblacional

Por todo ello, se propone que el Pleno adopte los siguientes:


ACUERDOS

PRIMERO.- Aprobar la habilitación de un número de teléfono gratuito y una dirección de correo electrónica, bien por parte del propio Ayuntamiento o bien a través de la entidad concesionaria del servicio de recogida selectiva (cartón y envases ligeros), que se publicitará en todos los contenedores a los efectos de que los ciudadanos puedan informar de las incidencias concretas de los contenedores de recogida selectiva.
SEGUNDO.- Requerir en el mismo sentido a Ecovidrio, entidad propietaria de los contenedores y gestora de la recogida selectiva de vidrio en el municipio, así como a la entidad gestora de la recogida de ropa para que habiliten una vía de comunicación de la ciudadanía para la mejora del servicio en los mismos términos.
TERCERO.- Solicitar de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat valenciana que proceda a dotar al municipio del número de contenedores para la recogida de papel, cartón y envases ligeros proporcional y adecuado a la población de facto del municipio

Propuesta para asumir el Ayuntamiento la gestión directa de la Unidad de Ejecución 1-2 del PP-17

Gaspar Lloret Valenzuela, portavoz del Grupo Municipal Socialista, y en su nombre según lo dispuesto en el artículo 94.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, presenta para su debate en el Pleno la siguiente


MOCIÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Dado que la vigente LUV reconoce la iniciativa pública en la formulación de los programas al amparo de lo dispuesto en los artículos 128 y 130.3.c y no existiendo informe previo de viabilidad sobre la petición formulada por una entidad privada que ha sido sometida a votación en el punto 11 de este Pleno y votada favorablemente por el PP,

PROPONEMOS QUE EL PLENO APRUEBE:

Asumir la gestión directa de la actuación integrada de la Unidad de Ejecución 1-2 del PP-17.


Villajoyosa, 20 de mayo de 2010

jueves, 8 de abril de 2010

MOCIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE FORMA INDEPENDIENTE Y A TRAVÉS DE CONCURSO PÚBLICO.

José Ramón Arribas Méndez, Concejal del Grupo Municipal del PSPV-PSOE de este Ayuntamiento, tiene a bien elevar al Pleno de esta Corporación, en base a lo dispuesto en el artículo 91.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento, la siguiente,


MOCIÓN


ANTECEDENTES:

Ante la actual situación de crisis económica que padecemos, el Grupo Municipal Socialista entiende que no basta con hacer ejercicios de ingeniería económica para cuadrar los números y que corresponde al Equipo de Gobierno Local buscar recursos económicos que posibiliten hacer frente a la difícil situación de las arcas municipales sin restar prestaciones a los ciudadanos.

Asimismo, pensamos que en esta búsqueda de recursos no se debe recurrir al aumento de impuestos a los ciudadanos que son los que en mayor medida están sufriendo en estos momentos.

Por otro lado, en la reciente adjudicación del servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento la empresa adjudicataria Aquagest Levante S.A., en lo referente a inversiones de mejoras en la red de nuestro municipio, ha dispuesto entre 8 y 14 millones de euros para este fin.

Tal como se recoge en la cláusula 21 de la propuesta económica sobre Inversiones a cargo del adjudicatario, “El Ayuntamiento se reserva el derecho a definir el destino del importe de las inversiones que el adjudicatario realice a su cargo en función de las prioridades y necesidades del servicio.” Por lo que corresponde al Ayuntamiento potestativamente, la designación de los Técnicos, Redactor del Proyecto, Redactor del Estudio de Seguridad y Salud, Director de las Obras, etc., siendo el pago de los honorarios que correspondan a cargo del concesionario.

Visto esto, consideramos que hay un conflicto de intereses con la empresa adjudicataria ya que, si se le concede por parte de este Ayuntamiento la potestad de proyectar, supervisar y ejecutar la totalidad de las obras de mejora de la red, es previsible que lo realizará en las condiciones más ventajosas para sus intereses empresariales dejando en un segundo plano otros aspectos.

Por tanto, entendemos que motivos de interés público aconsejan modificar el contrato.

Por todo ello presentamos al pleno municipal la siguiente,


PROPUESTA DE ACUERDOS:

1.- Instar a la empresa adjudicataria del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento, Aquagest Levante S.A., a que ingrese la totalidad de la cuantía de la previsión de Inversiones de Mejora de la Red de Abastecimiento (entre 8 y 14 millones de euros) en las arcas municipales.

2.- Establecer, por parte de este Ayuntamiento, un proceso independiente y abierto para cada obra a ejecutar en el que se aprobará en tiempo y forma el proyecto a ejecutar, se sacará a licitación en concurso público y abierto la adjudicación de cada una de ellas y se procederá a su ejecución por parte de la empresa que presente la mejor oferta, lo que supondrá una optimización del montante total de la cantidad asignada para la mejora de la red y un ahorro considerable para las arcas municipales debido a que este proceso supondrá un abaratamiento considerable de los costes de ejecución.

Villajoyosa, 11 de marzo de 2010

jueves, 18 de marzo de 2010

Moció sobre desplegament normatiu i pressupostari de la “Llei Valenciana de la Música”, pendent des del 1998.

Na Pepa Llorca Llinares, regidora del Grup Municipal Socialista de l'Ajuntament de La Vila Joiosa , d’acord amb el que disposa l’article 97/3 del Reglament d'Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les entitats locals (ROF), presenta al Ple Corporatiu la següent:

MOCIÓ

Les Societats Musicals han constituït i constituïxen un dels pilars bàsics de la identitat del poble valencià.

Els músics valencians i les seues societats musicals són un patrimoni viu isonor de la nostra Comunitat; un patrimoni que és la nostra carta de presentació ja no sols en la nostra Comunitat sinó que va més enllà de les nostres fronteres geogràfiques i del que tots i totes ens sentim orgullosos.

Les Societats Musicals s’agrupen en la FSMCV (Federació de Societats Musicals de la Comunitat Valenciana); una associació amb més de 40 anys d’existència que agrupa a 525 societats musicals d'Alacant, Castelló i València (representant a més del 50% del total espanyol) amb més de200.000 socis; 40.000 músics i 60.000 alumnes en les seues escoles demúsica.

Les Societats Musicals com a patrimoni, tradició, cultura i educació necessiten ajudes per a poder continuar sent el que són, un referent cultural de la Comunitat Valenciana. Estes ajudes que obtenen de les Administracions Públiques s’han anat reduint de forma considerable en els últims anys, el que provoca una asfíxia en la gestió, tant de les societats musicals com de les seues escoles de música.

La Generalitat Valenciana té firmats acords amb la FSMCV que no compleix i els retalls en el Pressupost de la Generalitat per al 2010 són més que significatius en les partides tant d’educació com de cultura en les quals el retall respecte al Pressupost de 2009 suposa més d’un 34%.

Durant el procés de debat parlamentari, la FSMCV va presentar propostes ’esmenes que afectaven diverses partides del projecte de pressupost de la Generalitat Valenciana per al 2010 per valor de quasi 16 milions d’euros. El pressupost per a eixes mateixes partides suposa uns 3,5 milions d’euros, és a dir, a penes un 22,41% de la quantitat que la FSMCV estima necessària per a cobrir les necessitats de les Societats Musicals i que alhora respectaria els compromisos adquirits pel Consell.

Per a assolir els objectius de les societats musicals, els ajuntaments valencians hem d’estar al costat de les nostres societats musicals, senyes d’identitat dels nostres municipis, i recolzar les seues iniciatives de futur.

Per tot el que hem exposat i, d’acord amb les actuacions realitzades pels tots Grups parlamentaris en Les Corts, a excepció del Grup Popular, proposem els següents

ACORDS

1. Instar el Govern Valencià a modificar els pressupostos del 2010, en les partides corresponents de Cultura i Educació, per mitjà d'una ampliació de crèdit que torne la totalitat de l'import de subvenció corresponent al 2009 com a mínim, i que alhora siguen tingudes en compte i estudiades les al·legacions de la FSMCV; en especial la referida al Programa de Finançament Autonòmic d’Escoles de Música.

2. Instar a la Generalitat Valenciana a solucionar el deute pendent amb la FSMCV que ascendeix a 145.000€ des del 2008.

3. Instar a la Generalitat Valenciana al desplegament normatiu i pressupostari de la “Llei Valenciana de la Música”, pendent des del 1998.

4. Remetre els acords presos a la Presidència de les Corts Valencianes, a la Presidència de la Generalitat Valenciana i a la Presidència de la FSMCV, presidenta de la FVMP i Grups parlamentaris de Les Corts.

La Vila Joiosa . a 4 de març de 2010.

MOCIÓN SOBRE RESIDUOS

Gaspar Lloret Valenzuela, como portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Villajoyosa presenta, para su discusión en el Pleno la siguiente:

MOCIÓN


El 12 de diciembre del año 2000, el Consell publicaba la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana, al objeto de establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos, así como la regulación de los suelos contaminados, con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente.


Diez años después:

1. todavía no se ha creado la Entidad de Residuos de la CV.

En todo este tiempo no se ha constituido la Entidad de Residuos, eje fundamental sobre el cual debía vertebrarse el tratamiento de residuos en nuestra Comunitat. Debería proporcionar un marco estable de participación de los sectores afectados en la gestión de todo tipo de residuos.


2. Incumplimiento del principio de minimización o reducción progresiva.

10 años después de la aprobación de la Ley Valenciana de Residuos seguimos incumpliendo los principios generales que determinan la actuación administrativa en materia de residuos (art. 15 Ley).

Incumplimos el principio de minimización, dado que, cada vez, seguimos produciendo más residuos: en 1996 generábamos 438 kilogramos de residuos domésticos/habitante/año. Doce años después, en el 2008, la cantidad ha aumentado a 500 kilogramos.


3. Incumplimiento del principio de valorización de residuos (mediante su reutilización, reciclaje o recuperación)

¿Qué aprovechamiento sacamos a los residuos antes de eliminarlos? Poco o ninguno….

· En el 2008, según la propia Conselleria de Medi Ambient, de los 2,5 millones de toneladas de RSU gestionados en la CV solamente se recuperan, en las plantas de tratamiento, 54.000 toneladas de material reutilizable (papel, cartón, vidrio, tetrabricks y metales) y 118.000 de compost. Esto quiere decir que apenas se recicla el 6%, enterrándose en el vertedero el 94 % de los residuos.

· ¿Cómo les explicamos a los ayuntamientos que pagan entre 35 a 39 Euros Euros/Tonelada en concepto de tratamiento, cuando el tratamiento que se lleva a término es 0?


4. Incumplimiento del principio de proximidad.

· Según el art. 15 g) de la Ley Valenciana de Residuos, el citado principio se tendría que conseguir “evitando el transporte y el traslado en zonas diferentes a las de su producción”. Pero actualmente, buena parte de los residuos domésticos de la CV, ante la ausencia de plantas de tratamiento y vertederos de rechazo en la propia zona donde se generan, son trasladados centenares de kilómetros dentro de la propia CV o fuera de ella. Además, son trasladados, no para su tratamiento, sino para ser simplemente enterrados… Eso significa, evidentemente, no solo la ruptura de cualquier jerarquía lógica de sostenibilidad ambiental, sino también de sostenibilidad económica, dado que el ciudadano, por desidia de la administración, ha de pagar el doble o el triple mediante las correspondientes tasas municipales.


NO HAY SOLUCIONES A CORTO PLAZO, AL RITMO ACTUAL, EN POCOS AÑOS, ESTARÁN TOTALMENTE COLMATADOS LOS VERTEDEROS ACTUALES:

SITUACIÓN ACTUAL

· El PLAN Integral de la Comunitat Valenciana de 1997 establecía un periodo de 5 años (hasta el 2002) PARA CONCLUIR TODAS LAS INFRAESTRUCTURAS CONTEMPLADAS en los Planes Zonales: plantas de residuos sólidos urbanos, centros de voluminosos, estaciones de transferencia, ecoparques, y vertederos re rechazo.

· Estamos en el 2010 (es decir, 13 años después) y del total de plantas/vertederos previstos en el PIR únicamente se han ejecutado las de Xixona, Villena y El Campello. El resto de plantas en funcionamiento son todas anteriores al PIR.

Ante este retraso descomunal, ante este flagrante incumplimiento, solicitamos una intervención enérgica del Consell, para que, de una vez por todas, se reconozca la gravedad del problema y en consecuencia se lleven a término las acciones necesarias para resolver el colapso actual.

La ausencia de gestión del Consell en esta materia ha ocasionado importantes problemas a los valencianos y valencianas:

- Daños medioambientales.
- Daños económicos: Los efectos los soportan los Ayuntamientos y los Ciudadanos y ciudadanas a través de las tasas que pueden subir hasta el 40%.
- Conflictos sociales.
- Conflictos jurídicos.

POR TODO ELLO, SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO QUE INSTE AL CONSELL DE LA GENERALITAT A:


1. - Finalizar la totalidad de infraestructuras (plantas de residuos sólidos urbanos, centros de voluminosos, estaciones de transferencia, ecoparques y vertederos de rechazo) contempladas en los Planes zonales previstos en el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana.

2. - Elaborar, en aquellas zonas donde las instalaciones previstas en los Planes zonales todavía no estén ejecutadas, un plan transitorio de gestión urgente de los residuos sólidos urbanos con la finalidad de consensuar las plantas de recepción y garantizar su correcto tratamiento.

3. - Confeccionar los instrumentos de gestión territorial que se consideren más oportunos con objeto de compensar los entornos donde se ubican las instalaciones de residuos y mejorar así, sus perspectivas de desarrollo.

4. - Constituir la Entidad de Residuos de la Comunitat Valenciana, así como los correspondientes Consejos de Participación, previstos en la Ley 10/2000 de Residuos de la Comunitat Valenciana.

5. - Aprobar el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana-2010 de acuerdo con el procedimiento previsto en la Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas de medio ambiente.



En Villajoyosa, a 5 de marzo de 2010

MOCIÓN SOBRE PETICIÓN DE REDUCCIÓN DE LAS TANDAS DE RIEGO DE 30 A 15-20 DÍAS.

Marco Antonio Vidal Bellón, concejal del PSPV-PSOE del Ayuntamiento de Villajoyosa, de acuerdo con el articulo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales presenta ante el pleno, para su discusión y aprobación la siguiente:

M O C I O N

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Son numerosos los propietarios de terrenos agrícolas que se han dirigido a nosotros con el fin de que solicitáramos a nuestro representante en el Consejo Agrario Local que en la próxima reunión del mismo proponga que se reduzcan las conocidas como “Tandas de riego” a períodos inferiores a los actuales que vienen estando situados alrededor de 30 días.

Considerando que la Corporación Municipal es el órgano competente desde donde debe de salir esta propuesta, presentamos las siguientes

PROPUESTAS DE ACUERDO:

1. Solicitar al organismo de regulación del período de riego, Sindicato de Riegos, que considere la reducción de dicho período a intervalos de entre 15 y 20 días, tiempo considerado como mínimo para poder realizar cultivo de hortalizas y otros cultivos similares.
2. Que el Ayuntamiento de Villajoyosa colabore en aquellos aspectos que sean necesarios para que el Sindicato de Riegos pueda llevar a buen fin esta propuesta

Villajoyosa, a 3 de marzo del 2010.

MOCIÓN SOBRE BAJADA DEL TIPO IMPOSITIVO (IBI Y PLUSVALÍA).

ISABEL V. PERONA ALITTE, concejala por el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Villajoyosa, eleva al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación la siguiente,


M O C I O N


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Que tras la revisión en su día de los Valores Catastrales las propiedades de naturaleza urbana, sufrieron una importante revalorización , la cual ha supuesto un importante incremento tanto en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, como en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía).

Que al sufrir esta revisión tan desmesurada, a la hora de efectuar una transmisión y proceder a la liquidar el citado impuesto se produce una cuota con incremento considerable.

Aunque el Real decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Reguladora de las Hacienda Locales en su articulo 107.3 3 dice “ Cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general , se tomará, como valor del terreno o de la partes de éste que corresponda según las reglas contenidas en el apartado anterior, el importe resultante a aplicar a los nuevos valores catastrales la reducción que en cada caso fijen los respectivos ayuntamientos.

Dicha reducción se aplicará respecto de cada uno de los cinco primeros años de efectividad de nuevos valores catastrales. La reducción tendrá como límite mínimo el 40% y como limite máximo el 60%, aplicándose, en todo caso, en su limite máximo en los municipios cuyos ayuntamientos no fijen reducción alguna.”

Aun aplicando las citadas reducciones la base imponible resultante sigue siendo considerable.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista, eleva al pleno para su aprobación los siguientes
ACUERDOS:

PRIMERO.- Que por parte de los técnicos de este Ayuntamiento, se expidan los informes y supuestos necesarios, sobre la viabilidad de la bajada del tipo impositivo del 28 al 15.

La citada fijación estaría dentro del limite legal previsto en el articulo 108.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

SEGUNDO.- Añadir a la mencionada Ordenanza el siguiente párrafo “Cuando se fijen, revisen o modifiquen los valores catastrales con arreglo a lo previsto en el TRLRHL, se tomará, a efectos de la determinación de la base imponible de este impuesto, como valor del terreno o parte de éste según las reglas contenidas en los apartados anteriores, el importe que resulte de aplicar a los nuevos valores catastrales la reducción del 60 por 100. Dicha reducción se aplicará durante los cincos primeros años de efectividad de los nuevos valores catastrales".

TERCERO.- Que una vez conocidos los informes, se modifique la Ordenanza en su CAPITULO V, DEUDA TRIBUTARIA, Articulo 13º, quedando redactado como sigue: Articulo 13º: Cuota Tributaria: La Cuota de este Impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible el tipo del: 15 por 100.

Villajoyosa, a dos de Marzo del dos mil diez.