martes, 2 de junio de 2009

Moción sobre la declaración de las Termas de Allon como Bien de Interés Cultural

Gaspar LLoret Valenzuela, en representación del Grupo Municipal Socialista, ante este Ayuntamiento se dirige para presentar la siguiente


MOCIÓN
Solicitud Declaración Bien Interés Cultural Termas de Allon



A finales del período administrativo 2004/07 estando el PSPV-PSOE en la oposición se solicitó mediante Moción la tramitación de la declaración de, al menos, Bien de Relevancia Local, sin perjuicio de su mejor protección como BIC, de las conocidas como “Termas de Allon” ubicadas en la calle Canalejas.

En su momento el Grupo Popular, gestionando el área el entonces concejal de Cultura Sr. Marcos Santapau, pospuso tal decisión para un “momento posterior”.

El cambio de Gobierno Municipal, y tras el conocimiento directo de la importancia de tal conjunto monumental supuso un impulso decidido para la protección y puesta en valor de Las Termas de Allon hasta el punto de haberse público en varias ocasiones que en tal solar iría el futuro museo de la ciudad iniciándose los trámites y gestiones para lograr tal fin que por públicas no es necesario reiterar.

Con tal medida se garantizaba de facto la protección de las termas al estar integradas dentro del futuro museo, lo cual acarreó por lógica y mejor eficacia que la solicitud de declaración BIC quedara pospuesta para el momento de tramitarse el proyecto del futuro museo.

Sin embargo desde el Partido Popular, hoy en el Gobierno, se renuncia al solar ocupado por las Termas de Allon para ubicar allí el futuro museo de la ciudad. Ello trunca de hecho la protección del conjunto monumental abriendo incógnitas sobre su futuro al no gozar ahora mismo de ningún tipo de categoría de protección legal.

Por todo ello, y siendo conscientes no ya solamente todos los grupos políticos municipales sino además toda la ciudadanía vilera de la importancia para la ciudad de tal conjunto creemos que es necesaria la tramitación de la protección como BIC del conjunto monumental “Termas de Allon” siguiendo en su por menor siempre el mejor criterio de los técnicos municipales de la sección de Arqueología.

Con ello garantizaríamos la supervivencia y protección del conjunto histórico sin perjuicio del mejor uso y puesta en valor que con posterioridad se pueda acordar.

Por todo ello, SOLICITO :

Que sea tramitada esta Moción por los conductos reglamentarios y el Pleno del Ayuntamiento de la Vila Joiosa apruebe el inicio de la tramitación como Bien de Interés Cultural el conjunto monumental conocido como “Las Termas de Allon”.



La Vila Joiosa 30 de abril de 2009

jueves, 16 de abril de 2009

Moció relativa a la celebració del 30 aniversari de les eleccions municipals democrátiques del 3 d'abril de 1979.

MOCIÓ QUE PRESENTA EL GRUP MUNICIPAL SOCIALISTA DE LA VILA JOIOSA PER A LA SEUA INCLUSIÓ EN L’ORDRE DEL DIA DEL PRÒXIM PLE DE L’AJUNTAMENT, PER AL SEU DEBAT I APROVACIÓ, AMB LA FINALITAT DE CELEBRAR EL 30 ANIVERSARI DE LES ELECCIONS MUNICIPALS DEL 3 D’ABRIL DE 1979


EXPOSICIÓ DE MOTIUS


El 3 d’abril de 1.979, després de la ratificació majoritària de la ciutadania a la Constitució de 1.978, es van celebrar les primeres eleccions municipals que van obrir el camí de la normalització democràtica a Espanya i a la vertebració política de la societat espanyola.

En els últims anys de la dècada dels 70, el nostre país recuperava la democràcia, celebrant unes eleccions fonamentals en què van ser triats lliurement els regidors i regidores i els alcaldes i alcaldesses de tots els ajuntaments espanyols.

La massiva participació electoral en la jornada, va suposar el millor impuls al canvi polític i al desig d’inaugurar una nova etapa democràtica en la història d’Espanya. La constitució dels primers ajuntaments va ser una festa de la llibertat i de la democràcia que va demostrar la maduresa de la societat espanyola.

Durant estos 30 anys, els Governs locals de les ciutats i pobles, junt amb les diputacions provincials, Consells i Cabildos Insulars han millorat significativament el benestar social dels ciutadans, prestant-los un nombre important de serveis de qualitat.

El canvi i el progrés experimentat en estos anys de democràcia es deuen en gran manera al treball i a l’esforç dels més de 300.000 alcaldes i regidors que han exercit les seues responsabilitats al llarg d’estos 30 anys. També, pel suport i la confiança d’una ciutadania compromesa amb el present i el futur de les seues ciutats i pobles.

La resposta donada pels ajuntaments a les demandes dels ciutadans ha sigut fonamental per a forjar la cohesió social, basada en la solidaritat i en la igualtat.

Les entitats locals han sigut líders, en la millora de la qualitat dels serveis a la ciutadania i a l’hora de proporcionar benestar i progrés.

La proximitat als problemes diaris, vitals, immediats de la gent, els que més afecten les seues aspiracions i necessitats, unit al coneixement més ajustat del mig en què desenvolupen les persones els seus projectes de vida, han fet de l’àmbit local un espai privilegiat per a millorar les condicions de vida dels veïns.


La consolidació dels ajuntaments ha sigut una de les claus de l’accelerat avanç de la democràcia al nostre país, convertint-se en una escola de lideratge i en un important viver del que s’han sabut nodrir després, altres administracions públiques.

Celebrar el 30 aniversari de les primeres eleccions municipals suposa festejar el triomf dels millors valors democràtics amb què tots ens identifiquem: el diàleg, la participació, la tolerància, el compromís, la responsabilitat, el benestar i el progrés que es resumeixen en una sola paraula: DEMOCRÀCIA.

Invocant als escrits de Tocqueville, és cert que el municipi és per antonomàsia una escola de ciutadania, resultant ser el millor escenari per a l’aprenentatge cívic i la pedagogia política.

Per tot això, el Grup Municipal Socialista de l'Ajuntament de La Vila Joiosa presenta per a la seua consideració i acceptació pel Ple Municipal la MOCIÓ relacionada amb la celebració del 30 aniversari de les Eleccions municipals Democràtiques del 3 d’abril de 1979, que planteja els ACORDS següents:

1. Commemorar el 3 d’abril, i organitzar actes institucionals, per a celebrar les primeres eleccions municipals democràtiques, en 1979.

2. Distingir el dia 3 d’abril com “Dia de portes obertes dels ajuntaments”.

3. Consensuar amb tots els grups municipals del consistori, un manifest municipalista commemoratiu del dia 3 d’abril.

4. Celebrar al llarg dels pròxims mesos, diferents activitats municipals en col·laboració amb l’entramat associatiu del municipi per a commemorar eixa data: cicles de meses redones i conferències, jornades de debat, exposicions de fotografia, etc, relacionades amb la vida i la història de l’ajuntament democràtic.

5. Promoure al llarg d’enguany el coneixement dels valors municipals relacionats amb la tolerància, la proximitat i la ciutadania entre xiquets i joves, planificant actes en els centres educatius, cívics i culturals on intervinguen a més representants de tots els grups municipals.
Proposar el nom “3 d’abril” a una plaça, parc, avinguda o carrer de la ciutat en homenatge a la data de celebració de les eleccions municipals de 1979.

Moción referente a la cesión a la Generalitat Valenciana de la finca Mas de la Monja

Marco Antonio Vidal Bellón, como concejal del PSPV-PSOE y según dispone el articulo 91.4 del reglamento de organización local y funcionamiento de las entidades locales propongo:


ANTECEDENTES


En el periodo legislativo comprendido entre 1995 a 1999 el ayuntamiento en pleno acordó la cesión de la finca conocida como el Mas de la Monja a la Generalitat Valenciana a través del Institut Valencià de la Joventut para la rehabilitación y construcción de un albergue juvenil. Tras dichas cesión la Generalitat solicitó el cambio de ubicación de los terrenos para la construcción de dicho albergue. Tanto en la primera ocasión como en la segunda nunca se inicio dicho proyecto abandonándolo en el olvido.

Tras el devastador incendio ocurrido el pasado 24 de enero de 2009 y que afectó a los municipios de Polop de la Marina, Finestrat, Benidorm y La Nucía, y en el cual se vio afectada la Finca del Mas de La Monja enclavada en un paraje de gran interés medio ambiental.

Por todo lo anterior, proponemos al Pleno la adopción de los siguientes:


ACUERDOS


1.- Se inicien los trámites para la cesión de la finca denominada como el Mas de la Monja a la Generalitat Valenciana.
2.- Que dicha cesión venga condicionada a la rehabilitación y utilización de la vivienda allí situada como albergue y aula medioambiental.

Propuesta referente a la retención del pago de créditos a Elsamex S.A. por la construcción de la piscina cubierta

Gaspar Lloret Valenzuela, Portavoz del Grupo Socialista del Ayuntamiento de La Vila Joiosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta para el próximo Pleno a celebrar en el año 2009 la siguiente Propuesta de Acuerdo para su inclusión en el Orden del Día, Debate y Aprobación:


PROPUESTA DE ACUERDO


1.- Que se ha tenido conocimiento de que, recientemente, se ha procedido a la aprobación unánime por “urgencia” en Junta de Gobierno Local del Proyecto modificado 2 de las Obras de ejecución de la piscina cubierta del área polideportiva Maisa Lloret, por un importe de 4.792.733,18 €.

2.- Que el proyecto original de las obras, adjudicado a la mercantil Elsamex, S.A., data del año 2003, con un presupuesto (s.e.u.o.) de 1.800.000.-€, siendo modificado posteriormente en 462.920.-€; por lo que en el segundo modificado de las obras se ha acordado ampliar el presupuesto en 2.529,813,18 € -que supone un incremento del 266 por ciento respecto al precio de licitación inicial del proyecto de la piscina-, que el Ayuntamiento debe pagar a Elsamex, S.A.

Desde el inicio de las obras de la piscina cubierta, Elsamex, S.A. subcontrató su ejecución con la mercantil Alpidesa, Ingeniería y Servicios, S.L.

3.- Según informaciones de esta parte, Elsamex, S.A. no ha cumplido sus obligaciones contractuales con la subcontratista Alpidesa, Ingeniería y Servicios, S.L., pese a haber cobrado íntegramente del Ayuntamiento el importe del proyecto inicial y del primer modificado, adeudándole por la ejecución de la obra de la piscina una cantidad superior a 750.000.-€, que ha supuesto que numerosos trabajadores, empresas y autónomos del municipio de La Vila Joiosa que han intervenido en la obra se hayan quedado sin cobrar por su trabajo.

4.- Dado que, al parecer, existen discrepancias económicas entre ambas empresas contratista y subcontratista respecto a las obras de la piscina cubierta, que se están solventando en diferentes procedimientos judiciales, consideramos conveniente que el Ayuntamiento, en calidad de propietario de la obra, retenga el pago de los 2.529,813,18 € del modificado 2, hasta en tanto en cuanto no se resuelvan los procedimientos en curso, teniendo en cuenta la existencia de impagados de diversos oficios derivados de una obra pública, muchos de los cuales son vecinos de nuestra localidad.


ACUERDO

Que se acuerde retener el pago de los créditos que Elsamex, S.A. tenga frente al Ayuntamiento en virtud de las obras de la piscina cubierta del polígono Maisa Lloret, hasta que se resuelvan los procedimientos judiciales entre contratista y subcontratista sobre el asunto en cuestión.


Por todo lo cual, esperamos que la anterior propuesta sea incluida en el Orden del Día del próximo pleno corporativo del año 2009.

En La Vila Joiosa, a 27 de Marzo de 2009.

lunes, 9 de marzo de 2009

MOCIÓN RIEGO POR GOTEO

José Ramón Arribas Méndez, Concejal del Grupo Municipal del PSPV-PSOE de este Ayuntamiento, tiene a bien elevar al Pleno de esta Corporación, en base a lo dispuesto en el artículo 91.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento, la siguiente,


MOCIÓN


Durante décadas la huerta de Villajoyosa ha tenido un fuerte componente en la economía de nuestro municipio.
Desde el año 1984 la huerta de Villajoyosa viene regándose con aguas provenientes de la EDAR y del Pantano del Amadorio.
Según fuentes de la Comunidad de Regantes de Villajoyosa, desde el año 1994 ha venido disminuyendoel agua proveniente del Pantano y aumentando la proveniente de
la de la estación depuradora en el sistema de riego.
La modernización de la huerta con la instalación del riego por goteo es, desde hace muchos años, un tema de debate contínuo en nuestro municipio en nuestro municipio.
Existe un proyecto redactado a finales de los años noventa por profesionales cualificados de nuestro municipio que por diferentes motivos no se ha puesto en marcha.
La reciente inauguración de la balsa de regulación y reutilización de las aguas provenientes de la EDAR construida en terrenos comprados por la Comunidad de Regantes en el año 1997 nos conduce directamente a la necesidad de reactivar dicho proyecto.
La coyuntura socioeconómica que atravesamos a nivel mundial incide directamente en la economía más próximas a los ciudadanos. Hay que recuperar antiguos motores que permitan reactivar la economía familiar generando empleo.
Por ello pensamos que las actuaciones en la huerta de La Vila Joiosa puede ser uno de esos motores y para ello son necesarias ayudas que permitan a los agricultores retomar la actividad con garantías de un rendimiento que optimice el esfuerzo tanto humano como de capital al invertir.


ACUERDOS:

1.- Instar a la Consellería de Agricultura para que aporte las ayudas necesarias para la implantación del riego por goteo en nuestro municipio.

2.- Durante el tiempo que dure la implantación del mismo se pedirá a la Comunidad de Regantes un cambio en la periodicidad del mismo, fijado actualmente en 25-30 días, pasando a una frecuencia acorde con el cultivo de hortalizas, plantas ornamentales, etc. cuya frecuencia de riego se sitúa en 8-10 días según consulta efectuada a técnicos especializados.

3.- Conveniar entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Regantes y Agricultores de
La Vila Joiosa una batería de acuerdos que sirvan como referencia para impulsar la huerta de La Vila. Para ello se creará una comisión mixta de evaluación de las necesidades actuales de nuestra huerta compuesta por representantes políticos, sindicatos agrarios, técnicos y agricultores. El número de miembros se pactará entre las fuerzas políticas , sindicatos y representantes agrarios.

Villajoyosa, 9 de marzo de 2009

MOCION POR LA DEVOLUCIÓN A LOS USUARIOS DE LO COBRADO EN EXCESO EN LAS FACTURAS DE LA LUZ

Gaspar Lloret Valenzuela, portavoz del Grupo Municipal Socialista, y en su nombre según lo dispuesto en el artículo 94.1 del reglamento organización y funcionamiento de las entidades locales, presenta para su debate en el pleno la siguiente

MOCIÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Desde finales de 2008 los ciudadanos han empezado a recibir su factura de electricidad todos los meses y no cada dos como antes, de modo que desde entonces aunque reciban una factura cada mes, la lectura real del contador se hace cada dos meses al alternarse dicha lectura real con una lectura estimada. La habilitación legal a este nuevo sistema de cobro de las compañías eléctricas, la encontramos en la Disposición Adicional Séptima de un Real Decreto –1578/08, de 26 de septiembre- relativo a la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para determinadas instalaciones, lo cual nos indica que, amén de no hacerse (dicha habilitación) de la manera precisamente más ortodoxa –sobre todo previendo que afecta a más de 20 millones de usuarios-, parece una reforma que llega “por una puerta trasera y mal iluminada” (permítase el símil). Esta disposición tan relevante -puesta en marcha sin campaña informativa previa-, queda referida a la periodicidad de la facturación y lectura de las tarifas domésticas (hasta 10 kW de potencia contratada), que “a partir del 1 de noviembre de 2008 se efectuará por la empresa distribuidora mensualmente llevándose a cabo con base en la lectura bimestral de los equipos de medida instalados al efecto”.

Ya en 2009 muchos usuarios han visto como les ha llegado una primera factura sobre la base de una lectura estimada que reflejaba un consumo inusual y excesivamente bajo, y después, una segunda factura sobre la base de una lectura real excesiva e inusualmente alta.
Las irregularidades residen en que las compañías eléctricas han utilizado una forma de cálculo en sus lecturas estimadas introduciendo un factor de corrección (coeficiente de 0,70) que siempre estima a la baja, para que así el resto (acumulable a la lectura real de la factura del mes siguiente) sea muy elevado y además, sea cobrado aplicándole la subida porcentual del año 2009 aunque comprenda consumos efectuados a finales de 2008. La figura de la lectura estimada siempre se consideró para casos excepcionales, léase ante la imposibilidad del operario de la compañía eléctrica de acceder al contador del abonado (por estar dicho contador dentro de una vivienda en la que no abrían la puerta, por ausencia de los consumidores, por ser períodos vacacionales...etc.) y para examinar consumos históricos de algún periodo concreto. Algo pensado para casos excepcionales que se introdujo en la normativa española a través de la Resolución de la Dirección General de la Energía –aún no derogada formalmente- de 20 de diciembre de 1988, se está utilizando ahora –pasados más de 20 años y con lo que ha cambiado el sector eléctrico- como una regla general aplicable cada dos meses y dejando libertad absoluta a las compañías eléctricas para decidir cómo calculan esa lectura estimada. Porque la clave reside en cómo se realiza el cálculo de dicha estimación (factor importantísimo que el legislador no ha regulado), en definitiva, en cómo se ha de facturar mensualmente de manera que no perjudique los intereses económicos de los ciudadanos. Si el legislador ha optado por la facturación mensual (suponiendo que sería una medida a favor de los usuarios) entendiendo que significaría más control sobre la energía consumida, un incentivo para ahorrar y más facilidad para calcular el gasto fijo de cada hogar al mes, consideramos que: o bien debe regular un procedimiento que sirva para unificar de manera homogénea los criterios de las compañías eléctricas al realizar las lecturas estimadas, o debe derogar la disposición adicional séptima antes citada, para implantar el plan de sustitución de contadores analógicos por digitales previsto desde hace años evitando así las lecturas estimadas. Ya que, según dicen los expertos en la materia, el futuro está en la telegestión sin necesidad de operarios –algo contrario a las necesidades reales del país dadas las escalofriantes cifras de desempleo- (contadores digitales que se pueden leer a distancia de forma
telemática, teniendo acceso –cliente y empresa- al mismo dato de consumo mensual), deviene claro que las lecturas estimadas no tienen sentido alguno.

También debe tenerse en cuenta, que en un contexto en el cual la revisión de la tarifa eléctrica sufrirá “una actualización trimestral en función de las variaciones de los valores de referencia de los índices de precios de los combustibles... y del IPC” (según consta en el artículo 44 del Real Decreto 661/07, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial –norma que entró en vigor en junio de 2007-) y con la ciudadanía demandando abonar sin incertidumbres sólo aquello que realmente hayan consumido, no cuadran los cálculos ni las lecturas estimadas. Además, resulta obvio y de justicia que si nos cobran más en la factura eléctrica cuando sube el precio del crudo, nos deben cobrar menos y de forma proporcional a las bajadas experimentadas por el precio del petróleo. El caos que relatamos se ha plasmado en denuncias, apertura de expedientes informativos en varias Comunidades Autónomas (Valencia, Andalucía, Madrid, Baleares...), una investigación formal por parte de la Comisión Nacional de la Energía y amenazas de sanciones si se confirman las irregularidades por parte de las eléctricas. A todo lo anteriormente expuesto (y añadiendo que las lecturas estimadas no ayudan a racionalizar el consumo), hemos de sumar que la estimación de consumo no se ha calculado contando dicho consumo “en el mismo período del año anterior y durante los doce meses anteriores a esa factura”.
Por todo ello, y dado que no todos los consumidores han reclamado y que las compañías eléctricas poseen los datos bancarios de todos sus usuarios, teniendo la Generalitat Valenciana las competencias sancionadoras en esta materia, el Grupo Municipal Socialista propone la adopción de los siguientes

ACUERDOS:

PRIMERO: Instar a las compañías eléctricas a la devolución de oficio (sin reclamación previa) a todos sus usuarios, de lo cobrado en exceso y de manera irregular en las facturas de consumo eléctrico del mes de enero de 2009, bien ingresando en sus cuentas bancarias la cantidad que corresponda, o bien descontándolo en la primera factura que, informáticamente, sea posible.
SEGUNDO: Instar a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a la derogación de la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para que se imponga un sistema de lecturas reales mensuales de los consumos de electricidad que refleje las fluctuaciones experimentadas por la evolución de las tarifas oficiales, haciendo que las lecturas estimadas exclusivamente se utilicen en casos muy excepcionales y que estén taxativamente marcadas por el ordenamiento jurídico.
TERCERO: Instar a las autoridades autonómicas competentes, en caso de que se confirmen las irregularidades citadas en el acuerdo primero, a la aplicación de las sanciones que correspondan a las compañías eléctricas.

En La Vila Joiosa, a 9 de marzo de 2009.

MOCIÓN SOBRE MEDIDAS DE AHORRO Y EFICIENCIA EN LOS EDIFICIOS PÚBLICOS DE LA VILA JOIOSA

Gaspar Lloret Valenzuela , Portavoz del Grupo Municipal del PSPV-PSOE de este Ayuntamiento, tiene a bien elevar al Pleno de esta Corporación, en base a lo dispuesto en el artículo 91.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento, la siguiente,


MOCIÓN del Grupo Socialista para tomar las medidas de ahorro y eficiencia en los edificios La Vila Joiosa


El viernes 2 de noviembre del 2007 el Consejo de Ministros dio luz verde a la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia 2007-2012-2020, contemplando una serie de objetivos cuantificados para mitigar el efecto del cambio climático, e impulsando una serie de medidas, muchas de las cuales suponen un claro avance con respecto a las que ya se vienen desarrollando en los últimos años, mientras que otras suponen una auténtica novedad muy positiva para nuestros compromisos de desarrollo sostenible.

Aparte de lo anterior, dentro de dicha Estrategia se contempla que a 1 de enero de 2010 el 80% de la población resida en municipios que hayan asumido compromisos en materia de cambio climático y mitigación de emisiones que sean coherentes con la Estrategia Nacional.

En este sentido, se presenta la siguiente moción, la cual trata de impulsar desde un punto de vista local las propuestas más significativas que las propias corporaciones locales pueden llevar a cabo y que están contempladas dentro de la Estrategia Nacional.

Especial énfasis se quiere hacer con esta moción en las políticas de ahorro y eficiencia energética. Además, el hecho de que el incremento del consumo energético en nuestro pueblo venga siendo superior al ritmo de crecimiento económico significa un incremento en la intensidad energética de nuestra actividad económica, pauta poco saludable y contraria a la que se viene detectando en los últimos años en la Unión Europea.

Por tanto, se propone que este Ayuntamiento disponga de un plan que establezca una serie de objetivos, pautas, estrategias, plazos y dotación presupuestaria adecuada, que permita propiciar la eficiencia y ahorro energético en sus instalaciones y servicios, proyectando además un ejemplo nítido a la ciudadanía del municipio, empresas y resto de administraciones. Dicho esfuerzo, sin duda, irá en la dirección de mitigar la tendencia a un severo cambio climático en nuestro planeta.

Este Plan de Acción ha de servir también para favorecer los objetivos de reducción de emisiones de CO2 establecidos en el Protocolo de Kyoto, en el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión y en el Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética E4, así como en los objetivos de ahorro energético establecidos en la Directiva Europea 2006/32/EC sobre eficiencia en el uso final de la energía y los servicios energéticos, así como en la Decisión del Consejo Europeo de 9 de marzo de 2007 de alcanzar niveles de ahorro energético del 20% en el horizonte del
2020.

Es por estos motivos por lo que se insta al Pleno a adquirir el siguiente:


ACUERDO:

1.- Impulsar un Plan de Acción para el Ahorro y la Eficiencia Energética en el Ayuntamiento de La Vila Joiosa y organismos autónomos en que participa, para el período 2008-2020, a elaborar en un plazo no superior a un año, dotado de cronograma y presupuesto, que establezca objetivos claros y cuantificados de ahorro energético mínimo del 20% y de emisión de gases de efecto invernadero. Entre estas medidas se pueden encontrar medidas de ahorro y eficiencia en los edificios:

• Se elaborarán auditorías energéticas de todos los edificios en los que se ubican instalaciones del Ayuntamiento y organismos autonomos en que participa, sirviendo las mismas para programar actuaciones de eficiencia y ahorro energético en dichos edificios.

• En los concursos de proyectos que versen sobre edificios de nueva construcción, o a rehabilitar, con presupuesto en el que participe el Ayuntamiento o alguno de los organismos en que participa, el jurado deberá tener en cuenta, entre los méritos a considerar para decidir sobre su adjudicación, las propuestas encaminadas a optimizar la eficiencia energética de los edificios proyectados.

• En los casos de adquisición y arrendamiento de edificios, la eficiencia energética de dichos inmuebles será un criterio que deberá ser objeto de evaluación por los órganos competentes para la conclusión de la correspondiente operación patrimonial, dejando constancia de ello en el expediente.

• Se mejorará la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios que las tuvieran, sustituyendo los equipos de calor y frío, de movimientos de fluidos e incorporación de sistemas de enfriamiento gratuito y de recuperación térmica en instalaciones de climatización existentes.

• Se promocionarán actuaciones sobre la envolvente térmica de los edificios, para así reducir la demanda energética en calefacción y/o refrigeración.

• Se mejorará la eficiencia energética de la iluminación interior de los edificios existentes mediante la sustitución de luminarias y lámparas, así como la incorporación de sistemas de control y regulación.
• Se promocionarán estudios de viabilidad técnica y económica para la instalación de plantas de cogeneración de alta eficiencia en los edificios del Ayuntamiento y organismos autónomos.
• Se promocionará la instalación de plantas fotovoltaicas y de energía solar térmica en las cubiertas y fachadas de los edificios del Ayuntamiento y organismos autónomos.