jueves, 21 de julio de 2011

Propuesta para que sesiones plenarias de carácter ordinario se celebren en horario vespertino

GASPAR LLORET VALENZUELA, portavoz del Grupo Municipal PSOE de este Ayuntamiento de Villajoyosa, al amparo del artículo 91.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, formulo para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo pleno ordinario, previa su inclusión en la comisión informativa correspondiente, la siguiente MOCIÓN:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Conforme está demandando la propia sociedad a través de diferentes colectivos e iniciativas, los ciudadanos desean una mayor trasparencia y participación en la política a todos los efectos y niveles.

Ya en la sesión de constitución de la Corporación municipal celebrada el día 11 de junio de 2011, se adelantó desde el Grupo Municipal PSOE que se iba a solicitar el cambio de hora de los plenos ordinarios por entender que de este modo se facilitaba la participación de los ciudadanos en la vida pública.

Desde el Grupo Socialista entendemos que es en el ámbito local donde los ciudadanos tienen una posibilidad más directa, efectiva y real de poder participar en la vida política y en las cuestiones que le afectan de un modo más inminente y, en este sentido, entendemos que la participación del mayor número posible de ciudadanos a través de su asistencia a los plenos que celebra el Consistorio debe ser tenida muy en cuenta, tal como se recoge en el Art. 69.1 de la Ley 7/1985 de bases de régimen local: “...las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local”.

En otros momentos en que se planteó la posibilidad de cambiar la celebración de las sesiones plenarias a un horario vespertino, que entendemos que es el horario en el que es más fácil conciliar la vida laboral con la asistencia a las sesiones plenarias para la gran mayoría de ciudadanos, se argumentaron por parte del equipo de gobierno dificultades que creemos son perfectamente salvables desde el punto de vista político y técnico y que no suponen, por sí mismas, motivo suficiente para dificultar o entorpecer el acceso al debate plenario a los ciudadanos.

Por todo ello, y atendiendo al interés ciudadano y sus demandas, se propone al Pleno que adopte el siguiente


ACUERDO


ÚNICO.- Que las sesiones plenarias de carácter ordinario se celebren el tercer jueves de cada mes a las 20:00 h.



La Vila Joiosa, a 4 de julio de 2011