GASPAR LLORET VALENZUELA, portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de La Vila Joiosa y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales,
EXPONE:
Ante las diferentes consultas realizadas por ciudadanos de La Vila Joiosa referente a la interposición de recurso contencioso administrativo por un/a vilera, disconforme con la valoraciones catastrales y ponencia de valores del municipio, hemos tenido conocimiento que en fecha 31 de Enero de 2011 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, se dictó Sentencia nº 89, en materia de asignación de valores catastrales y Ponencia catastral de valores. En dicha Sentencia quedaba anulada tanto la valoración catastral individualizada como la propia Ponencia de Valores.
Contra la misma cabía recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, cosa que así hizo el abogado del Estado, dictándose Auto con fecha 26 de enero de 2012 por lo que declarada la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO contra la Sentencia nº 89 de 31 de enero de 2011 de la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dictada en el P.O. 3633/2008 resolución que se declara firme.
De todo ello se desprende que la Sentencia dictada en fecha 31 de enero de 2011 es firme y, a la vista de ello, presentamos la siguiente moción para su deliberación en el próximo pleno ordinario:
MOCIÓN
PRIMERO.- Que se informe a este Pleno, y a la ciudadanía en general, de la firmeza de dicha Sentencia y de las medidas adoptadas y/o que se vayan a adoptar.
SEGUNDO.- Que se faciliten todos los mecanismos necesarios, a favor de los sujetos pasivos, para que en cada momento estén informados de las medidas adoptadas, bien sea través de este Ayuntamiento, por la Gerencia Territorial del Catastro o Suma Gestión Tributaria.